Destacamento
limítrofe Nº7, dependiente del departamento (D-6) en el día de la fecha a la
hora 1 1:50, se procede a identificar un rodado tipo PICK UP, marca CHEVROLET,
modelo S-10, de color NEGRO, el mismo circulaba en sentido cardinal de oeste a este, una vez que el rodado detuvo la marcha se le solicito la documentación respectiva para la correcta circulación (licencia de conducir, cedula de identificación del automotor y seguro obligatorio en vigencia), el conductor del rodado exhibió una licencia de conducir a su nombre siendo este de la localidad de JUNIN, provincia de BS AS, una cedula de identificación del automotor , el comprobante de seguro en VENCIDO, acto seguida se le labra la siguiente acta de infracción a la ley de transito provincial 0630 – 2008, numero 139802, por infringir el art 40 inc C1, por tal motivo se procedió a la retención del vehiculo mencionado, hasta que el conductor presento EL COMPROBANTE DEL SEGURO EN VIGENCIA. Por lo que se le entrego el vehiculo a la hora 12: 30.Es todo en cuanto informa al respecto, haciendo la oportunidad más propicia para saludarle a usted muy atentamente.
Destacamento
Limítrofe N° 7 "Justo Daract". En el día de la fecha la hora 16:20, se
procede a identificar un rodado tipo SEDAN, marca FORD, modelo ESCORT, de color
GRIS, el mismo circulaba en sentido cardinal de oeste a este, una vez que el
rodado detuvo la marcha se le solicito la documentación respectiva para la
correcta circulación (licencia de conducir, cedula de identificación del
automotor y seguro obligatorio en vigencia), el conductor del rodado exhibió
una licencia de conducir a su nombre, domicilio en la localidad de VILLA DE
MERLO, de la provincia de SAN LUIS, una cedula de identificación del automotor
a nombre de otra persona, manifestando,
que no encontraba el comprobante de seguro en vigencia, acto seguida se le
labra la siguiente acta de infracción a la ley de transito provincial 0630 –
2008, numero 139807, por infringir el art 40 inc C 1, por tal motivo se
procedió a la retención del vehiculo mencionado, hasta que el conductor
presente la correspondiente documentación obligatoria. Quedando este rodado
fajado y depositado en esta dependencia, a cargo de la unidad de juzgamiento de
faltas contravenciones a la ley de transito provincial.
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